Legislación › Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la Función Pública Valenciana.
Disposición adicional decimoquinta. Ordenación del personal funcionario de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana.
Disposición adicional decimoquinta. Ordenación del personal funcionario de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana.
De acuerdo con la Ley Orgánica 6/2001, de 21 diciembre, las universidades públicas de la Comunitat Valenciana podrán crear escalas de personal propio, de acuerdo con los grupos de clasificación profesional previstos en la presente ley y la normativa básica estatal.
Asimismo, a los efectos del establecimiento de itinerarios profesionales a los que se refiere el artículo 116 de esta ley, podrán establecer las agrupaciones por sectores funcionariales de administración general y especial.
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