Legislación › Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas.
Artículo 6. Instrumentos de intervención administrativa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de julio de 2010 y la del 11 de noviembre de 2014.
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Artículo 6. Instrumentos de intervención administrativa.
1. La organización y explotación de los juegos y apuestas objeto de la presente ley e incluidos presencial o telemática que se desarrolle en el Catálogo ámbito de Juegos y Apuestas la Comunidad Autónoma de Canarias queda sometida a los instrumentos de intervención administrativa previstos en la misma. presente ley.
2. Los instrumentos de intervención administrativa se clasifican en previos a la organización y explotación de los juegos y apuestas, mediante la obtención de un previo acto administrativo habilitante en forma de autorización, y posteriores o de control.
3. Con la sola excepción de las máquinas recreativas tipo A, que no ofrecen al jugador o usuario beneficio económico alguno, directo o indirecto, así como de las combinaciones aleatorias –siempre que, en este último caso, la participación del público en estas actividades sea gratuita y en ningún caso exista sobreprecio o tarificación adicional, cualquiera que fuere el procedimiento o sistema a través del que se realice–, realice, la organización y explotación en establecimientos físicos de cualesquiera otro de los otros juegos y apuestas objeto de la presente ley e incluidos apuestas, presencial o telemático, en el Catálogo de Juegos y Apuestas cualquiera de Canarias, sus modalidades, tan sólo podrá tener lugar previa la correspondiente autorización administrativa. administrativa obtenida previo cumplimiento de los requisitos reglamentariamente establecidos por el Gobierno de Canarias.
Cuando dicha explotación se realice a través de sistemas interactivos basados en comunicaciones electrónicas o informáticas, sólo podrá ejercerse por operadores expresamente autorizados por la consejería competente en la materia, en los términos que reglamentariamente se determine.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de noviembre de 2020 En vigor | BOE-A-2020-14544 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 2020 | BOE-A-2020-90089 | Leer | Qué cambió |
| 6 de marzo de 2020 | BOE-A-2020-90047 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-860 | Leer | Qué cambió |
| 11 de noviembre de 2014 | BOE-A-2014-11996 | Leer | Qué cambió |
| 28 de julio de 2010 | Texto original | Leer |


