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Legislación › Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

El Gobierno de Canarias elaborará periódicamente un informe sobre la relación, efectos y repercusiones de los juegos y apuestas en Canarias y la ludopatía, que remitirá anualmente al Parlamento.

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