Legislación › Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Disposición adicional tercera. Modificación del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de enero de 2010 y la del 5 de noviembre de 2015.
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Disposición adicional tercera. Comité Modificación del Reglamento de Seguridad desarrollo de la Información Ley Orgánica 15/1999, de las Administraciones Públicas. Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
El Comité Se modifica la letra b) del apartado 5 del artículo 81 del Reglamento de Seguridad desarrollo de la Información Ley Orgánica 15/1999, de las Administraciones Públicas, dependiente del Comité Sectorial 13 de Administración electrónica, contará con un representante diciembre, de cada una Protección de las entidades presentes en dicho Comité Sectorial. Tendrá funciones Datos de cooperación en materias comunes relacionadas con Carácter Personal aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que pasa a tener la adecuación e implantación siguiente redacción:
«b) Se trate de lo previsto ficheros o tratamientos en el Esquema Nacional los que de Seguridad y en las normas, instrucciones, guías y recomendaciones dictadas para forma incidental o accesoria se contengan aquellos datos sin guardar relación con su aplicación. finalidad.»
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11881 | Leer | Qué cambió |
| 30 de enero de 2010 | Texto original | Leer |
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