Legislación › Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia.
Artículo 222-1. Personas que deben ponerse en tutela.
Artículo 222-1. Personas que deben ponerse en tutela.
Deben ponerse en tutela:
a) Los menores no emancipados que no estén en potestad parental.
b) Los incapacitados, si lo determina la sentencia.


