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Legislación › Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia.

Artículo 222-1. Personas que deben ponerse en tutela.

Artículo 222-1. Personas que deben ponerse en tutela.

Deben ponerse en tutela:

a) Los menores no emancipados que no estén en potestad parental.

b) Los incapacitados, si lo determina la sentencia.

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