Legislación › Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia.
Artículo 235-17. Medidas cautelares en el juicio de filiación.
Artículo 235-17. Medidas cautelares en el juicio de filiación.
Mientras dura el procedimiento de reclamación o de impugnación de la filiación, la autoridad judicial puede adoptar las medidas de protección convenientes sobre la persona y los bienes del hijo menor o incapacitado e, incluso, en caso de reclamación, puede acordar alimentos provisionales a favor del hijo.


