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Legislación › Orden PRE/92/2010, de 22 de enero, por la que se establecen las normas para la Inspección Técnica de Vehículos Automóviles y Remolques de la Guardia Civil.

Artículo 6. Colaboración de otras estaciones

Artículo 6. Colaboración de otras estaciones

Por razones de proximidad y economía, las estaciones ITV/GC, podrán dar servicio a los vehículos de otras instituciones como Fuerzas Armadas y Cuerpo Nacional de Policía, si previamente se solicita y autoriza por el Servicio de Material Móvil de la Guardia Civil.

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