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Legislación › Ley 10/2010, de 27 de julio, de medidas urgentes relativas a determinadas infraestructuras y equipamientos de interés general en materia de ordenación territorial, urbanismo y de impulso a la inversión.

ANEXO I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de agosto de 2010 y la del 24 de junio de 2012. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (244 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO I
2. Ordenación del sistema general supramunicipal
I. Usos admitidos.
1. Equipamientos e infraestructuras de seguridad y emergencias para la protección de la ciudadanía y el medio.
2. Equipamientos e infraestructuras educativas, sociales y administrativas.
3. Equipamientos e infraestructuras técnicas relacionadas con el abastecimiento, el saneamiento y la energía, la protección y la gestión del medio, los servicios urbanísticos, los deportes y el ocio.
4. Usos relacionados con la movilidad, la transformación urbanística y de los espacios libres, la red viaria y las redes de servicios urbanísticos necesarios, el estacionamiento de vehículos, etc.
I.I Los usos citados se consideran, en todo caso, uso específico admitido.
II. Tipología de edificación: aislada, pudiendo optar por otras tipologías diferentes previa formulación de estudio de detalle mediante el cual se justifique la adecuada implantación del edificio en su entorno.
III. Condiciones de la edificación: los parámetros de aplicación serán los necesarios en función de las características y necesidades del uso o de los usos a que se destinen las edificaciones e instalaciones.
IV. Actuaciones de transformación urbanística: se podrán ejecutar aquellas actuaciones de transformación urbanística que sean necesarias para este ámbito; asimismo, los proyectos de edificación podrán incorporar actuaciones de dotación y/o compleción de las infraestructuras que sean necesarias para apoyar la edificación.
V. Condiciones medioambientales: la totalidad de actuaciones que se planteen deben adoptar medidas de integración paisajística, que podrán asimismo afectar a su entorno e ir acompañadas de la implantación de usos relacionados con la educación ambiental.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de junio de 2012 En vigor BOE-A-2012-9374 Leer Qué cambió
6 de agosto de 2010 Texto original Leer

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