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Legislación › Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.

Artículo 110. Caducidad.

Artículo 110. Caducidad.

El plazo máximo para resolver los expedientes sancionadores y notificar la resolución no excederá de un año contado a partir de la iniciación del expediente.

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