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Legislación › Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.

Artículo 86. Cuota fija.

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Artículo 86. Cuota fija.
La cuota fija para usos domésticos será de un euro 1,3 euros al mes por usuario.
En el caso de contadores o sistemas de aforos colectivos, se considerarán tantos usuarios como viviendas y locales.
Véase, sobre reducción transitoria de la cuota íntegra del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2023, el art. 2 del Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre. BOJA-b-2022-90287

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-413 Leer Qué cambió
22 de septiembre de 2022 BOE-A-2022-90287 Leer Qué cambió
10 de agosto de 2010 Texto original Leer

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