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Legislación › Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.

Disposición adicional octava. Revisión de concesiones por modernización de regadíos.

Disposición adicional octava. Revisión de concesiones por modernización de regadíos.

Sin perjuicio de lo establecido en los apartados 5 y 8 del artículo 45 de esta Ley, a partir del 2015 se revisarán las concesiones correspondientes a todas las zonas de riego que hayan dispuesto de la oportunidad de beneficiarse del apoyo público para la modernización de sus infraestructuras, independientemente de que la hayan llevado a cabo o no. La revisión, que no conllevará indemnización alguna para su titular, se producirá en atención al cálculo de ahorro que hubiera supuesto la modernización en caso de haberse realizado.

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