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Legislación › Ley 11/2009, de 15 de diciembre, reguladora de la Ordenación Territorial de las Telecomunicaciones de Canarias.

Artículo 18. Ejecución subsidiaria.

Artículo 18. Ejecución subsidiaria.

En los supuestos en los que se dicte orden de retirada de las instalaciones reguladas en esta ley, si el operador responsable no las realizase en el plazo indicado en la misma, la Administración competente podrá de oficio ejecutar subsidiariamente dicha orden.

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