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Legislación › Ley 11/2009, de 15 de diciembre, reguladora de la Ordenación Territorial de las Telecomunicaciones de Canarias.

Artículo 14. Infracciones leves.

Artículo 14. Infracciones leves.

Se considera infracción leve, siéndole de aplicación el régimen general previsto en el texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias aprobado por el Decreto legislativo 1/2000, de 8 de mayo, la simple inobservancia de las disposiciones contenidas en la presente ley y en la normativa respectiva de aplicación, que no estén tipificadas como infracción grave o muy grave.

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