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Legislación › Real Decreto 1053/2010, de 5 de agosto, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2011, salvo la disposición adicional primera sobre delegación de facultades que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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