Legislación › Ley 30/2010, de 3 de agosto, de veguerías.
Artículo 10. Régimen especial de Arán.
Artículo 10. Régimen especial de Arán.
En virtud del régimen jurídico especial garantizado por el artículo 94 del Estatuto, el Conselh Generau d´Aran es la institución de gobierno de Arán, que constituye una entidad territorial singular dentro de Cataluña. El Conselh Generau se relaciona de forma bilateral con los órganos centrales del Gobierno y de la Administración de la Generalidad, en los términos fijados en la legislación reguladora de dicho régimen jurídico especial, no siéndole de aplicación la organización establecida en el presente título.


