Legislación › Ley 31/2010, de 3 de agosto, del Área Metropolitana de Barcelona.
Artículo 41. Recargo sobre el impuesto sobre bienes inmuebles.
Artículo 41. Recargo sobre el impuesto sobre bienes inmuebles.
1. El recargo metropolitano sobre el impuesto sobre bienes inmuebles no debe exceder el porcentaje fijado por la legislación de haciendas locales y debe recaer sobre el valor catastral que constituye la base imponible de dicho impuesto.
2. La gestión del recargo metropolitano sobre el impuesto sobre bienes inmuebles debe ser conjunta con la del mismo impuesto sobre el que recae.


