Legislación › Ley 31/2010, de 3 de agosto, del Área Metropolitana de Barcelona.
Artículo 43. Potestades tributaria y financiera.
Artículo 43. Potestades tributaria y financiera.
1. El Área Metropolitana de Barcelona ha de ejercer las potestades tributaria y financiera para hacer efectiva la solidaridad y equilibrio fiscal entre los municipios que la integran.
2. Los ayuntamientos de los municipios metropolitanos pueden establecer mecanismos y fórmulas de colaboración con el Área Metropolitana de Barcelona para la prestación conjunta de las funciones de gestión tributaria, recaudación, inspección y revisión de los tributos municipales y demás ingresos de derecho público.


