Legislación › Ley 4/2010, de 29 de junio, de Cooperativas.
Artículo 203. La inspección de cooperativas.
Artículo 203. La inspección de cooperativas.
Corresponde a la Consejería competente en materia de cooperativas la función inspectora en relación con el cumplimiento de la presente ley, que ejercerá a través de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sin perjuicio de las funciones inspectoras que correspondan a otras Consejerías en función de la legislación específica aplicable.


