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Legislación › Ley 4/2010, de 29 de junio, de Cooperativas.

Artículo 42. Órganos de la sociedad.

Artículo 42. Órganos de la sociedad.

1. Son órganos de la sociedad:

a) La asamblea general.

b) El órgano de administración.

c) La intervención.

2. Los estatutos sociales podrán prever la existencia de un comité de recursos y de otras instancias de carácter consultivo o asesor, cuyas funciones, que se determinarán en los estatutos, en ningún caso podrán confundirse con las propias de los órganos sociales.

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