Legislación › Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 13. Contenido de los Planes Municipales de Vivienda.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de septiembre de 2010 y la del 6 de agosto de 2013.
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Artículo 13. Contenido de los Planes Municipales de Vivienda.
1. Los planes municipales de vivienda deberán contener, como mínimo, las menciones a las que se refiere el artículo 10, referidas a su ámbito territorial. (Derogado)
2. Específicamente deberán incluir las líneas de actuación vinculadas a la utilización de los instrumentos de política de suelo y vivienda establecidos por la legislación urbanística, con una referencia especial a la concreción de las reservas para vivienda de protección pública, a la calificación o la reserva de terrenos destinados a alojamientos sobre suelo dotacional, y a la utilización y gestión del patrimonio público de suelo para vivienda.
3. Los Planes Municipales de Vivienda no podrán contener determinaciones propias del planeamiento urbanístico, ni modificar las que estuvieran vigentes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de diciembre de 2013 En vigor | BOE-A-2014-375 | Leer | Qué cambió |
| 6 de agosto de 2013 | BOE-A-2013-90021 | Leer | Qué cambió |
| 8 de septiembre de 2010 | Texto original | Leer |


