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Legislación › Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 48. Viviendas colaborativas protegidas.

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Artículo 48. Alojamientos protegidos.
1. Los alojamientos protegidos podrán ser construidos sobre suelos dotacionales, conforme a la legislación urbanística.
2. Independientemente de la forma de promoción o titularidad de dichos alojamientos, éstos
se destinarán a arrendamiento; también podrán ser cedidos regirán por las reglas establecidas en precario cuando se trate los capítulos I y II de colectivos este título para las viviendas de especial protección recogidos pública y en la presente ley.
3. En lo relativo al uso de estos alojamientos, será de aplicación lo previsto
legislación urbanística, con las especialidades señaladas en la presente ley el artículo 43 y en su normativa de desarrollo y, en lo además las siguientes:
a) Su superficie útil
no regulado expresamente, en la legislación civil. será inferior a 15 ni superior a 40 metros cuadrados.
4. Estos alojamientos protegidos b) A partir de su calificación, quedarán sometidos con carácter permanente al régimen legal de protección pública, cuya duración será permanente y protección, quedando prohibida su descalificación.
c) Podrán ser construidos sobre suelos de carácter dotacional de cualquier clase,
sin posibilidad que ello altere la clasificación y calificación urbanística de descalificación, los mismos.
d) No serán tenidos en cuenta a efectos de los límites de densidad
y se podrán acoger edificabilidad establecidos en la normativa urbanística ni a las medidas efectos de financiación establecidas específicamente la gestión urbanística, ni generarán la necesidad de reservar suelo para ellos. nuevas dotaciones urbanísticas.
5. e) Cuando el titular del suelo sea una Administración Pública administración pública o un organismo de ellas dependiente, la una entidad del sector público, su construcción y gestión de los alojamientos protegidos podrá realizarse directamente o a través de lo previsto en la legislación patrimonial y de contratos del sector público.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de junio de 2022 En vigor BOE-A-2022-90195 Leer Qué cambió
21 de diciembre de 2013 BOE-A-2014-375 Leer Qué cambió
6 de agosto de 2013 BOE-A-2013-90021 Leer Qué cambió
8 de septiembre de 2010 Texto original Leer

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