Legislación › Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 62. Titulares de las viviendas de protección pública.
Artículo 62. Titulares de las viviendas de protección pública.
Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, podrán ser titulares de viviendas de protección pública.


