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Legislación › Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 62. Titulares de las viviendas de protección pública.

Artículo 62. Titulares de las viviendas de protección pública.

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, podrán ser titulares de viviendas de protección pública.

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