Legislación › Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 76. Competencia para el ejercicio del derecho de adquisición preferente y de retracto.
Artículo 76. Competencia para el ejercicio del derecho de adquisición preferente y de retracto.
En la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponde al titular de la Consejería competente en materia de vivienda el ejercicio del derecho de adquisición preferente y de retracto previsto en los artículos anteriores, sin perjuicio de la desconcentración o delegación que pudiera realizarse.


