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Legislación › Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León.

Disposición transitoria cuarta. Departamentos territoriales competentes en materia de vivienda.

Disposición transitoria cuarta. Departamentos territoriales competentes en materia de vivienda.

Las competencias que la presente ley atribuye a los Departamentos Territoriales competentes en materia de vivienda se entenderán atribuidas a los Servicios Territoriales competentes en materia de vivienda en tanto en cuanto dichos Departamentos no hayan sido creados conforme a lo dispuesto en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

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