Legislación › Decreto-ley 4/2010, de 3 de agosto, de medidas de racionalización y simplificación de la estructura del sector público de la Generalidad de Cataluña.
Disposición transitoria segunda.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2010 y la del 31 de diciembre de 2011.
Tachado: lo que se quitó (86 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición transitoria segunda.
Mientras el Gobierno no apruebe, mediante decreto, los Estatutos de la Agencia Catalana del Deporte, continuarán en vigor: (Derogada)
El Capítulo 1 del Título 2 del Texto único de la Ley del deporte, aprobado por el Decreto legislativo 1/2000, de 31 de julio, (artículos 35 a 38).
El Decreto 215/2005, de 11 de octubre, de reestructuración de la Secretaría General del Deporte y del Consejo Catalán del Deporte.
El Decreto 35/2001, de 23 de enero, sobre los órganos rectores y el funcionamiento del Consejo Catalán del Deporte.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2012-548 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2010 | Texto original | Leer |
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