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Real Decreto 1226/2010, de 1 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 4 de octubre de 2010 · Último cambio el 11 de febrero de 2012 · Ver en el BOE
Índice
- preambulo 2 redacciones · cambió el 11/02/2012
- Preámbulo
- Artículo 1. Organización general del Departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Comercio Exterior.
- Artículo 3. Dirección General de Comercio e Inversiones.
- Artículo 4. Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. 2 redacciones · cambió el 31/08/2011
- Artículo 5. Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información. 2 redacciones · cambió el 31/08/2011
- Artículo 6. Secretaría de Estado de Energía. 2 redacciones · cambió el 31/08/2011
- Artículo 7. Dirección General de Política Energética y Minas. 2 redacciones · cambió el 31/08/2011
- Artículo 8. Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio.
- Artículo 9. Secretaría General Técnica.
- Artículo 10. Secretaría General de Turismo y Comercio Interior.
- Artículo 11. Dirección General de Comercio Interior.
- Artículo 12. Secretaría General de Industria. 2 redacciones · cambió el 31/08/2011
- Artículo 13. Dirección General de Industria.
- Artículo 14. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa.
- Disposición adicional primera. Supresión de órganos y unidades.
- Disposición adicional segunda. Consejo de Seguridad Nuclear.
- Disposición adicional tercera. Desconcentración.
- Disposición adicional cuarta. Delegación de competencias.
- Disposición adicional quinta. Autoridad de coordinación de los controles de conformidad en la comercialización.
- Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio hasta la constitución efectiva de la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
- Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


