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Legislación › Real Decreto 1129/2010, de 10 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico en Jardinería y Floristería y se fijan sus enseñanzas mínimas.

ANEXO IV

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de octubre de 2010 y la del 31 de diciembre de 2020. Tachado: lo que se quitó (145 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO IV
Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico en Jardinería y Floristería al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
Módulos profesionales incluidos en Ciclos Formativos establecidos en LOGSE 1/1990 ·
Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006):Jardinería y Floristería ·
Agrotecnología. ·
0404. Fundamentos Agronómicos. ·
Organización y gestión de una explotación agraria familiar. ·
0583. Empresa e iniciativa emprendedora. ·
Instalaciones agrarias. ·
0408. Infraestructuras e instalaciones agrícolas. ·
Métodos de control fitosanitario. ·
0409. Principios de sanidad vegetal.
0479. Control fitosanitario. ·
Implantación de jardines y zonas verdes. ·
0576. Implantación de jardines y zonas verdes. ·
Conservación y mejora de jardines y zonas verdes. ·
0577. Mantenimiento y mejora de jardines y zonas verdes. ·
Producción de plantas. ·
0578. Producción de plantas y tepes en vivero. ·
Jardinería de interiores y arreglos florales. ·
0579. Composiciones florales y con plantas. ·
Formación en centro de trabajo del título de Técnico en Jardinería. ·
0584. Formación en centros de trabajo. ·
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2020 En vigor BOE-A-2020-17274 Leer Qué cambió
9 de octubre de 2010 Texto original Leer

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