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Legislación › Ley 6/2010, de 24 de junio, de creación de las categorías de personal estatutario de inspección y evaluación de servicios sanitarios y prestaciones.

Disposición adicional primera. Medidas presupuestarias.

Disposición adicional primera. Medidas presupuestarias.

1. La Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda autorizará las modificaciones presupuestarias para transferir y asignar al Sescam los créditos necesarios para el cumplimiento y desarrollo de lo dispuesto en esta Ley.

2. La persona titular de la Dirección-Gerencia del Sescam aprobará la plantilla orgánica de personal estatutario correspondiente a las categorías que se crean en esta Ley y la adscripción de estas plazas y puestos de trabajo a la Gerencia de Inspección de Servicios Sanitarios y Prestaciones.

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