Legislación › Ley 6/2010, de 24 de junio, de creación de las categorías de personal estatutario de inspección y evaluación de servicios sanitarios y prestaciones.
Disposición adicional primera. Medidas presupuestarias.
Disposición adicional primera. Medidas presupuestarias.
1. La Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda autorizará las modificaciones presupuestarias para transferir y asignar al Sescam los créditos necesarios para el cumplimiento y desarrollo de lo dispuesto en esta Ley.
2. La persona titular de la Dirección-Gerencia del Sescam aprobará la plantilla orgánica de personal estatutario correspondiente a las categorías que se crean en esta Ley y la adscripción de estas plazas y puestos de trabajo a la Gerencia de Inspección de Servicios Sanitarios y Prestaciones.


