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Legislación › Ley 4/2009, de 15 de octubre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha.

Artículo 31. Desarrollo de las elecciones y voto por correo.

Artículo 31. Desarrollo de las elecciones y voto por correo.

Por vía reglamentaria se establecerán las disposiciones necesarias para el desarrollo de las elecciones en lo referente a mesas electorales, fiscalización del procedimiento electoral por los electores y candidatos, voto por correo y electrónico y otros aspectos necesarios.

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