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Legislación › Ley 34/2010, de 1 de octubre, de regulación de las fiestas tradicionales con toros.

Artículo 15. Sanciones.

Artículo 15. Sanciones.

1. Las infracciones muy graves son objeto de las siguientes sanciones, que pueden ser alternativas o acumulativas:

a) Multa de entre 60.001 y 150.000 euros.

b) Un año de inhabilitación para el ejercicio de la actividad empresarial de ganadería taurina y de organización de espectáculos taurinos.

2. Las infracciones graves son objeto de las siguientes sanciones, que pueden ser alternativas o acumulativas:

a) Multa de entre 601 y 60.000 euros.

b) Inhabilitación para tomar parte en espectáculos con toros por un período de hasta dos años.

3. Las infracciones leves son sancionadas con multa de entre 50 y 600 euros.

4. Puede decretarse el decomiso de los elementos utilizados para la comisión de una infracción.

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