Legislación › Ley 34/2010, de 1 de octubre, de regulación de las fiestas tradicionales con toros.
Artículo 15. Sanciones.
Artículo 15. Sanciones.
1. Las infracciones muy graves son objeto de las siguientes sanciones, que pueden ser alternativas o acumulativas:
a) Multa de entre 60.001 y 150.000 euros.
b) Un año de inhabilitación para el ejercicio de la actividad empresarial de ganadería taurina y de organización de espectáculos taurinos.
2. Las infracciones graves son objeto de las siguientes sanciones, que pueden ser alternativas o acumulativas:
a) Multa de entre 601 y 60.000 euros.
b) Inhabilitación para tomar parte en espectáculos con toros por un período de hasta dos años.
3. Las infracciones leves son sancionadas con multa de entre 50 y 600 euros.
4. Puede decretarse el decomiso de los elementos utilizados para la comisión de una infracción.


