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Legislación › Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

Artículo 96.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de octubre de 2010 y la del 31 de marzo de 2017. Tachado: lo que se quitó (70 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 96.
La disposición adicional pasa a ser la disposición adicional primera y se añade una disposición adicional segunda con el texto siguiente:
«Disposición adicional segunda. Sustitución del Registro de Establecimientos Industriales de Cataluña.
A partir de la entrada en vigor del artículo 5 bis, el Registro Industrial y de Servicios Empresariales de la Producción sustituye al Registro de Establecimientos Industriales de Cataluña creado por el Decreto 324/1996, de 1 de octubre.»
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de marzo de 2017 En vigor BOE-A-2017-7353 Leer Qué cambió
7 de octubre de 2010 Texto original Leer

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