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Legislación › Real Decreto 42/2010, de 15 de enero, por el que se regula la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida.

Artículo 7. La Presidencia.

Artículo 7. La Presidencia.

La Presidencia de la Comisión será desempeñada por la persona titular de la Secretaría General de Sanidad.

A la Presidencia le corresponden las funciones contempladas para dicho cargo en el artículo 23.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y las que se le asignen en el Reglamento Interno de la Comisión.

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