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Legislación › Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, por la que se crea el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecen sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento.

Artículo 1. Creación, naturaleza y finalidad.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de noviembre de 2010 y la del 22 de noviembre de 2012. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Creación, naturaleza y finalidad.
1. Se crea el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad, discapacidad, como órgano colegiado de carácter consultivo, al amparo de lo los previsto en los artículos 38 a 40 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Educación Educación, Cultura y Deporte a través de la Subsecretaría. Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.
2. El Foro se constituye como espacio de encuentro, debate, propuesta, impulso y seguimiento de las políticas de inclusión del alumnado con discapacidad en todas las enseñanzas que ofrece el sistema educativo. Asumirá el acuerdo suscrito en el marco del Protocolo de Colaboración, de 10 de febrero de 2000, entre el Ministerio de Educación y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de noviembre de 2012 En vigor BOE-A-2012-14302 Leer Qué cambió
19 de noviembre de 2010 Texto original Leer

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