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Legislación › Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, por la que se crea el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecen sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento.

Artículo 21. Grupos de Trabajo.

Artículo 21. Grupos de Trabajo.

El Pleno del Foro y las Comisiones podrán constituir en su seno Grupos de Trabajo en los que podrá convocar a expertos seleccionados por razón de la materia.

Estos Grupos de Trabajo tendrán una duración determinada y se encargarán de estudio de alguna materia concreta.

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