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Legislación › Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, por la que se crea el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecen sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento.

Artículo 7. Funciones de los Vicepresidentes.

Artículo 7. Funciones de los Vicepresidentes.

Corresponde a los Vicepresidentes:

a) Sustituir, por su orden, al Presidente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, ejerciendo las funciones que a éste le estén atribuidas,

b) Cuantas otras funciones le sean delegadas por el Presidente. La función de Vicepresidente no será delegable.

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