Legislación › Ley 35/2010, de 1 de octubre, del occitano, aranés en Arán.
Artículo 7. Publicaciones oficiales.
Artículo 7. Publicaciones oficiales.
1. Las leyes del Parlamento deben publicarse también en aranés. La versión aranesa tiene carácter oficial.
2. Las disposiciones, las resoluciones y los acuerdos de las instituciones y los entes que conforman la Generalidad y su sistema institucional deben publicarse también en aranés si afectan específicamente a Arán.


