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Legislación › Orden SPI/2958/2010, de 16 de noviembre, por la que se establece el procedimiento para la inclusión de los alimentos dietéticos para usos médicos especiales en la oferta de productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud y para la aplicación de los importes máximos de financiación.

ANEXO IV

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de noviembre de 2010 y la del 26 de julio de 2014. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (41 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO IV
Modelo de comunicación de suspensión temporal de comercialización o de baja en la Oferta de productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud
(Reverso del anexo IV: Modelo de comunicación de suspensión temporal de comercialización o de baja en la Oferta)
1 Márquese lo que proceda. En caso de cese de comercialización o suspensión temporal de alguna de las presentaciones de sabor individual incluido en una presentación multisabor dará lugar simultáneamente a la baja o suspensión temporal, según corresponda, de la presentación multisabor.
2 Se comunicará con antelación a que se produzca la suspensión temporal de acuerdo con lo recogido en el apartado 4 del artículo 9 10 de la Orden SPI/2958/2010, de 16 de noviembre, por la que se establece el procedimiento para la inclusión de los alimentos dietéticos para usos médicos especiales en la Oferta oferta de productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud y para la aplicación de los importes máximos de financiación.
3 Se comunicará con una antelación mínima de tres meses de acuerdo con lo recogido en el apartado 5 del artículo 9 10 de la Orden SPI/2958/2010, de 16 de noviembre, por la que se establece el procedimiento para la inclusión de los alimentos dietéticos para usos médicos especiales en la Oferta oferta de productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud y para la aplicación de los importes máximos de financiación.
4 Se consignarán todas las presentaciones del producto cuya suspensión temporal o baja se comunica.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de julio de 2014 En vigor BOE-A-2014-7879 Leer Qué cambió
20 de noviembre de 2010 Texto original Leer

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