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Legislación › Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.

Artículo 70. Cuota tributaria.

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Artículo 70. Cuota tributaria.
La cuota tributaria del coeficiente de vertido resultará de la adición de una parte fija y de una parte variable, siendo el importe de la parte fija y variable igual al importe de la cuota fija y variable del canon del agua, respectivamente, determinadas de conformidad con arreglo a lo previsto en los artículos 52.º 52 a 61.º 61 de la presente ley, correspondientes a cada sujeto pasivo. excepto lo previsto en el artículo 53.7.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de septiembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-18599 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 BOE-A-2020-1849 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2012-1252 Leer Qué cambió
18 de diciembre de 2010 Texto original Leer

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