Legislación › Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.
Disposición adicional primera. Constitución del ente Aguas de Galicia y entrada en funcionamiento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de diciembre de 2010 y la del 1 de enero de 2012.
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Disposición adicional primera. Constitución del ente Aguas de Galicia y entrada en funcionamiento.
1. Aguas de Galicia se constituirá en el plazo máximo de seis meses después de la entrada en vigor de la presente ley. La entidad Aguas de Galicia quedará efectivamente constituida en la fecha de entrada en vigor del estatuto de la misma a que se refiere la disposición adicional tercera de esta ley. (Derogado)
2. Aguas de Galicia iniciará el ejercicio de su actividad dentro del plazo que reglamentariamente se establezca a partir de su constitución efectiva.
3. En la misma fecha de entrada en funcionamiento de la entidad se considerarán extinguidos el organismo autónomo Aguas de Galicia y la Empresa Pública Obras y Servicios Hidráulicos.
4. En tanto en cuanto no inicie su actividad Aguas de Galicia se mantendrá la actual configuración y regulación de los organismos públicos a extinguir y el personal de los mismos continuará ejerciendo las funciones que tendrá que asumir la nueva entidad pública.
5. Iniciada la actividad de la entidad Aguas de Galicia y en caso de que no estuviera nominada la dirección, la presidencia del extinto organismo autónomo Aguas de Galicia ejercerá provisionalmente las funciones que la presente ley atribuye a la dirección.
6. Mientras los órganos colegiados de la entidad Aguas de Galicia no estén constituidos efectivamente, en especial el Consejo de Administración, la propia presidencia de la entidad Aguas de Galicia asumirá las funciones de los órganos correspondientes que le sean precisas para garantizar el funcionamiento del ente público.
Asimismo, en tanto no se produzca el inicio efectivo de la actividad de la nueva entidad, su presidencia quedará habilitada para dictar los actos y disposiciones que sean necesarios para la puesta en funcionamiento del ente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2012 En vigor | BOE-A-2012-1252 | Leer | Qué cambió |
| 18 de diciembre de 2010 | Texto original | Leer |


