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Legislación › Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.

Disposición transitoria tercera. Vigencia de la actual planificación de abastecimiento y saneamiento.

Disposición transitoria tercera. Vigencia de la actual planificación de abastecimiento y saneamiento.

Hasta que no sean aprobados los planes de abastecimiento y saneamiento previstos en los artículos 37.º y 38.º de la presente ley, continuará aplicándose la planificación vigente en el momento de la entrada en vigor de la misma.

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