Legislación › Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.
Artículo 12. Sociedades filiales gestoras de aeropuertos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de diciembre de 2010 y la del 5 de julio de 2014.
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Artículo 12. Sociedades filiales gestoras de aeropuertos.
1. Mediante acuerdo del Consejo de Ministros podrán crearse sociedades filiales de «Aena Aeropuertos S.A.» gestoras de aeropuertos.
2. Para la realización de nuevas inversiones en los aeropuertos atribuidos a la gestión de las sociedades filiales se celebrará un convenio de colaboración entre dichas sociedades y «Aena Aeropuertos, S.A.» en el que se especificarán las respectivas obligaciones en relación a su planificación, programación, presupuestación, ejecución y financiación.
Téngase en cuenta que la sociedad mercantil estatal «Aena Aeropuertos, S.A.», pasa a denominarse «Aena, S.A.», según establece el art. 18 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio. BOE-A-2014-7064.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de julio de 2014 En vigor | BOE-A-2014-7064 | Leer | Qué cambió |
| 3 de diciembre de 2010 | Texto original | Leer |


