Legislación › Real Decreto 1615/2010, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la norma de calidad del trigo.
Disposición transitoria única. Clasificación provisional.
Disposición transitoria única. Clasificación provisional.
Hasta la utilización normalizada de la clasificación establecida en este real decreto que se aplicará obligatoriamente desde el 1 de julio 2011, se establece una clasificación teórica provisional de variedades, que no garantiza que el producto obtenido de las mismas sea clasificado como perteneciente a dicho grupo, para las operaciones comerciales con trigo blando o con trigo duro, en los anexos I y II respectivamente.
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