LexTotal

Legislación › Real Decreto-ley 14/2010, de 23 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico.

Disposición adicional segunda. Mecanismo transitorio de financiación del bono social.

Disposición adicional segunda. Mecanismo transitorio de financiación del bono social.

No obstante lo dispuesto en el artículo 2.6 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, el plazo para llevar a cabo la primera revisión de la financiación del bono social se extenderá, hasta el 1 de enero de 2014. Hasta que dicha revisión tenga lugar será aplicable la financiación transitoria inicial establecida en la disposición transitoria segunda del citado Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril.

← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →