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Legislación › Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.

Artículo 11. Zonas habitadas.

Artículo 11. Zonas habitadas.

A los efectos de esta Ley se consideran zonas habitadas los núcleos de población, los parques urbanos y periurbanos de recreo y los lugares de acampada permanentes.

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