Legislación › Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
Artículo 11. Zonas habitadas.
Artículo 11. Zonas habitadas.
A los efectos de esta Ley se consideran zonas habitadas los núcleos de población, los parques urbanos y periurbanos de recreo y los lugares de acampada permanentes.


