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Legislación › Orden ITC/3353/2010, de 28 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2011 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

Disposición adicional sexta. Coeficientes de pérdidas zonales para el cálculo del incentivo o penalización para la reducción de pérdidas de las empresas distribuidoras.

Disposición adicional sexta. Coeficientes de pérdidas zonales para el cálculo del incentivo o penalización para la reducción de pérdidas de las empresas distribuidoras.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 5 del la Orden ITC/2524/2009, de 8 de septiembre, por la que se regula el método de cálculo del incentivo o penalización para la reducción de pérdidas a aplicar a la retribución de la distribución para cada una de las empresas distribuidoras de energía eléctrica y una vez vista la propuesta efectuada por la Comisión Nacional de Energía en su informe denominado «Propuesta de valores para los coeficientes de pérdidas zonales a utilizar en el cálculo del incentivo de reducción de pérdidas de las empresas distribuidoras», los coeficientes de pérdidas zonales para periodos punta y valle serán los recogidos en la siguiente tabla:

Empresa/Zona

Coeficiente
de pérdidas
para punta
(verano11-21 h)
(invierno 12-22 h)

Coeficiente
de pérdidas
para valle
(verano 0-11 h
y 21-24 h)
(invierno 0-12 h
y 22-24 h)

ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.

0,99622557

0,99590615

E.ON DISTRIBUCIÓN, S.L.

1,00512669

1,00639551

UNIÓN FENOSA DISTRIBUCIÓN, S.A.

1,00139350

1,00103264

HIDROCANTÁBRICO DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.

1,00830326

1,00807960

IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U.

1,00212089

1,00236759

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