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Legislación › Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.

Disposición transitoria sexta bis.

Disposición transitoria sexta bis.

Los establecimientos públicos cuyas actividades se adapten a la tipología de las actividades encuadrables como salas socioculturales y salas de artes escénicas en la presente ley y su catálogo anexo, dispondrán de un período temporal de tres años para solicitar la adecuación de su actual título habilitante para el desarrollo de su actividad a esta nueva denominación.

Se añade por el art. 45 de la Ley 6/2018, de 12 de marzo. BOE-A-2018-5395

Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 139 de 8 de junio de 2018. BOE-A-2018-7641

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