LexTotal

Legislación › Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino.

Artículo 36. Infracciones y sanciones.

Artículo 36. Infracciones y sanciones.

Los incumplimientos de las medidas adoptadas en virtud de los programas de medidas o de las autorizaciones reguladas en la presente ley serán sancionados de conformidad con la legislación sectorial correspondiente.

← Artículo 35 Índice Disposición adicional primera →