Legislación › Orden ARM/3371/2010, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de semillas de plantas oleaginosas.
ANEXO 2
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2010 y la del 31 de mayo de 2020.
Tachado: lo que se quitó (254 palabras). Subrayado: lo que se añadió (822 palabras).
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ANEXO 2
Requisitos de las semillas
Especie y clase de semilla
·
Pureza específica (Mínimo)
–
Porcentaje
·
Materia inerte (Máximo)
–
Porcentaje
·
Pureza varietal (Mínimo)
–
Porcentaje
·
Semillas otras especies (Máximo)
·
Semillas de Avena fatua y Avena sterilis
(*)
·
Cuscuta spp.
(*)
·
Raphanus raphanistrum
(*)
·
Rumex spp. distinto de R. acetosella
(*)
·
Germinación (Mínimo)
--
Porcentaje
·
Adormidera:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99
·
25/10 gr. (a)
·
0
·
0 (a)(b)
·
–
·
–
·
80
·
Semilla certificada
·
98
·
2
·
98
·
25/10 gr. (a)
·
0
·
0 (a)(b)
·
-
·
-
·
80
·
Cacahuete:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
99
·
1
·
99,7
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
70
·
Semilla certificada (R-1)
·
99
·
1
·
99,5
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
70
·
Semilla certificada (R-2)
·
99
·
1
·
99,5
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
70
·
Cártamo:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,8
·
5/900 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
75
·
Semilla certificada
·
98
·
2
·
99,7
·
5/900 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
75
·
Colza y Nabina:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,9 (c)
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
2
·
85
·
Semilla certificada
·
98
·
2
·
99,7 (d)
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
5
·
85
·
Comino: Todas las semillas:
·
97
·
3
·
-
·
25/80 gr. (a)
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
-
·
70
·
Girasol:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,7
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
85 (e)
·
Semilla certificad
·
98
·
2
·
99 (f)
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
85
·
Lino oleaginoso:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
99
·
1
·
99,7
·
15/150 gr.
·
0
·
0 (a)(b)
·
-
·
-
·
85
·
Semilla certificada (R-1)
·
99
·
1
·
98
·
15/150 gr.
·
0
·
0 (a)(b)
·
-
·
-
·
85
·
Semilla certificada (R-2)
·
99
·
1
·
97,5
·
15/150 gr.
·
0
·
0 (a)(b)
·
-
·
-
·
85
·
Mostaza blanca:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,7
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
2
·
85
·
Semilla certificada
·
98
·
2
·
99
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
5
·
85
·
Mostaza negra y de la China:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,8
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
2
·
85
·
Semilla certificada
·
98
·
2
·
99,7
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
5
·
85
·
Soja:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,5
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
80
·
Semilla certificada (R-1)
·
98
·
2
·
99
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
80
·
Semilla certificada (R-2)
·
98
·
2
·
99
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
80
·
Notas:
(*) En una muestra del peso indicado en el anejo 3 para realizar los conteos.
(a) Este conteo de semillas puede no realizarse, a no ser que haya dudas respecto al contenido de las mismas.
(b) La presencia de una semilla de «Cuscuta spp.» en una muestra del peso indicado, no se considera impureza si una segunda muestra del mismo peso, está exenta.
(c) 99,7, para las variedades con fines exclusivamente forrajeros.
(d) 99, para las variedades con fines exclusivamente forrajeros.
(e) La semilla de base que no cumpla los requisitos mínimos de germinación se podrá utilizar para producir semilla por la propia entidad, siempre que exista aceptación expresa de esta circunstancia por parte del agricultor colaborador, y previa autorización del Servicio Oficial de Control.
(f) En el caso de semilla híbrida el máximo porcentaje admitido de plantas estériles es del 5 por 100.
Observaciones:
1.ª Requisitos de las semillas híbridas.–Las semillas híbridas de categoría certificada deberán cumplir, para cada especie, los requisitos mínimos señalados en este anejo para la semilla certificada de primera reproducción.
2.ª Todo lote de lino que contenga más de cuatro semillas de «Alopecurus myosuroides» o más de dos semillas de «Lolium remotum» en una muestra de 150 gramos, será rechazado.
3.ª Todo lote de comino que contenga más de tres semillas de «Alopecurus myosuroides» en una muestra de 80 gramos, será rechazado.
4.ª Semillas portadoras Las semillas estarán prácticamente libres de infecciones.–Se rechazará: cualquier plaga que reduzca la utilidad y calidad de
Todo lotesemilla los materiales de cártamo en el que aparezcan reproducción.
Las semillas también cumplirán los requisitos relativos a las plagas cuarentenarias de «Orobanche spp.». Ello, la Unión, las plagas cuarentenarias de zonas protegidas y las plagas reguladas no obstante, si solamente aparece una semilla cuarentenarias contemplados en una muestra los actos de 100 gramos no se considerará ejecución adoptados con arreglo al Reglamento (UE) 2016/2031, así como impureza si una segunda muestra las medidas adoptadas con arreglo al artículo 30, apartado 1, de 200 gramos esta exenta. ese mismo Reglamento.
Todo lote La presencia de girasol plagas reguladas no cuarentenarias en el las semillas y en las categorías correspondientes cumplirá los requisitos que aparezcan más del 5 figuran en el cuadro siguiente:
Plagas reguladas no cuarentenarias o síntomas causados por 100 ellas
·
Especie
·
Umbrales para las semillas
de prebase
·
Umbrales para las semillas infectadas
de base
·
Umbrales para las semillas certificadas
·
Hongos y oomicetos
·
Alternaria linicola Groves & Skolko [ALTELI].
·
Linum usitatissimum L. (partim).
·
5 %
5 % afectado por «Botrytis spp.» o Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
Boeremia exigua var. linicola (Naumov & Vassiljevsky) Aveskamp, Gruyter & Verkley [PHOMEL].
·
Linum usitatissimum L. (partim).
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
Botrytis cinerea de Bary [BOTRCI].
·
Helianthus annuus L., Linum usitatissimum L. (partim).
·
5 %
·
5 %
·
5 %
·
Colletotrichum lini Westerdijk [COLLLI].
·
Linum usitatissimum L. (partim).
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
Diaporthe caulivora (Athow & Caldwell) J.M. Santos, Vrandecic & A.J.L. Phillips [DIAPPC].
Diaporthe phaseolorum var. sojae Lehman [DIAPPS].
·
Glycine max (L.) Merr.
·
15 % para infección por el complejo Phomopsis.
·
15 % para infección por el complejo Phomopsis.
·
15 % para infección por el complejo Phomopsis.
·
Fusarium (género anamórfico) Link [1FUSAG]
distinto de Fusarium oxysporum f. sp. albedinis (Kill. & Maire) W.L. Gordon [FUSAAL] y Fusarium circinatum Nirenberg & O’Donnell [GIBBCI].
·
Linum usitatissimum L. (partim).
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
Plasmopara halstedii (Farlow) Berlese & de Toni [PLASHA].
·
Helianthus annuus L.
·
0 %
·
0 %
·
0 %
·
Sclerotinia sclerotiorum (Libert) de Bary [SCLESC].
·
Brassica rapa L. var. silvestris (Lam.) Briggs.
·
No más de 10 cinco esclerocios o fragmentos de esclerocio de «Sclerotinia sclerotiorum» esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de 1.000 gramos. cada lote de
Todocolza semillas, de un tamaño especificado en el que aparezcan la columna 4 del anexo 3.
·
No más de 10 cinco esclerocios o fragmentos de esclerocio de «Sclerotinia sclerotiorum» esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de 100 gramos. cada lote de
Todonabina semillas, de un tamaño especificado en el que aparezcan la columna 4 del anexo 3.
·
No más de 5 cinco esclerocios o fragmentos de esclerocio de «Sclerotinia sclerotiorum» esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de 70 gramos. cada lote de
Todomostaza blanca semillas, de un tamaño especificado en el que aparezcan la columna 4 del anexo 3.
·
Sclerotinia sclerotiorum (Libert) de Bary [SCLESC].
·
Brassica napus L. (partim), Helianthus annuus L.
·
No más de 5 diez esclerocios o fragmentos de esclerocio de «Sclerotinia sclerotiorum» esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de 200 gramos. cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
El conteo ·
No más de diez esclerocios o fragmentos de esclerocio esclerocios detectados en un examen de «Sclerotinia scletoriorum» puede no realizarse a no ser que haya dudas respecto a presencia laboratorio de los mismos. una muestra representativa de cada lote de
Todolino oleaginoso que contenga más semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del 5 por 100 anexo 3.
·
No más de semillas infectadas por «Botrytis spp.», «Alternaria linicola», «Phoma exigua var. linicola», «Colletotrichum linicola» diez esclerocios o «Fusarium spp.». fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de cada lote de
Todosemilla semillas, de base o certificada un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
Sclerotinia sclerotiorum (Libert) de soja deberá cumplir las normas especiales siguientes: Bary [SCLESC].
a) Con respecto a «Pseudomonas syringae pv. glycinea», el número máximo ·
Sinapis alba L.
·
No más de submuestras que, dentro cinco esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de al menos 5.000 (cinco mil) semillas por cada lote dividida de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
No más de cinco submuestras, se hallen contaminadas por los citados microorganismos no deberá exceder esclerocios o fragmentos de cuatro. esclerocios detectados en un examen de
En casoque laboratorio de una muestra representativa de cada lote de semillas, de un tamaño especificado en las la columna 4 del anexo 3.
·
No más de cinco se detecten colonias sospechosas, éstas podrán aislarse esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un medio preferencial y someterse a las pruebas bioquímicas pertinentes con objeto examen de confirmar el cumplimiento laboratorio de las normas o condiciones establecidas anteriormente. una muestra representativa de
b) Con respecto a «Diaporthe phaseolorum var. phaseolorum», el número máximosemillas contaminadas no deberá exceder cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del 15 por 100. anexo 3.
c) El porcentaje en peso ·
Se rechazará todo lote de materia inerte, obtenido semilla de acuerdo con los actuales métodos internacionales cártamo en el que aparezcan semillas de análisis, “Orobanche spp.”. Ello, no deberá sobrepasar un 0,3 por 100. obstante, si solamente aparece una semilla en una muestra de 100 gramos no se considerará como impureza si una segunda muestra de 200 gramos está exenta.
5.ª Para las semillas comerciales serán de aplicación los requisitos indicados para la última categoría de semilla certificada, excepto los de pureza varietal.
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