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Legislación › Orden ARM/3371/2010, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de semillas de plantas oleaginosas.

ANEXO 2

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de mayo de 2020 y la del 31 de mayo de 2025. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (16 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO 2
Requisitos de las semillas
Especie y clase de semilla
·
Pureza específica (Mínimo)
–
Porcentaje
·
Materia inerte (Máximo)
–
Porcentaje
·
Pureza varietal (Mínimo)
–
Porcentaje
·
Semillas otras especies (Máximo)
·
Semillas de Avena fatua y Avena sterilis
(*)
·
Cuscuta spp.
(*)
·
Raphanus raphanistrum
(*)
·
Rumex spp. distinto de R. acetosella
(*)
·
Germinación (Mínimo)
--
Porcentaje
·
Adormidera:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99
·
25/10 gr. (a)
·
0
·
0 (a)(b)
·
–
·
–
·
80
·
Semilla certificada
·
98
·
2
·
98
·
25/10 gr. (a)
·
0
·
0 (a)(b)
·
-
·
-
·
80
·
Cacahuete:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
99
·
1
·
99,7
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
70
·
Semilla certificada (R-1)
·
99
·
1
·
99,5
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
70
·
Semilla certificada (R-2)
·
99
·
1
·
99,5
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
70
·
Cártamo:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,8
·
5/900 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
75
·
Semilla certificada
·
98
·
2
·
99,7
·
5/900 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
75
·
Colza y Nabina:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,9 (c)
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
2
·
85
·
Semilla certificada
·
98
·
2
·
99,7 (d)
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
5
·
85
·
Comino: Todas las semillas:
·
97
·
3
·
-
·
25/80 gr. (a)
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
-
·
70
·
Girasol:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,7
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
85 (e)
·
Semilla certificad
·
98
·
2
·
99 (f)
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
85
·
Lino oleaginoso:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
99
·
1
·
99,7
·
15/150 gr.
·
0
·
0 (a)(b)
·
-
·
-
·
85
·
Semilla certificada (R-1)
·
99
·
1
·
98
·
15/150 gr.
·
0
·
0 (a)(b)
·
-
·
-
·
85
·
Semilla certificada (R-2)
·
99
·
1
·
97,5
·
15/150 gr.
·
0
·
0 (a)(b)
·
-
·
-
·
85
·
Mostaza blanca:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,7
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
2
·
85
·
Semilla certificada
·
98
·
2
·
99
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
5
·
85
·
Mostaza negra y de la China:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,8
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
2
·
85
·
Semilla certificada
·
98
·
2
·
99,7
·
0,3 %
·
0
·
0 (a)(b)
·
10
·
5
·
85
·
Soja:
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
Semilla de base y ant.
·
98
·
2
·
99,5
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
80
·
Semilla certificada (R-1)
·
98
·
2
·
99
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
80
·
Semilla certificada (R-2)
·
98
·
2
·
99
·
5/1.000 gr.
·
0
·
0 (a)
·
-
·
-
·
80
·
Notas:
(*) En una muestra del peso indicado en el anejo 3 para realizar los conteos.
(a) Este conteo de semillas puede no realizarse, a no ser que haya dudas respecto al contenido de las mismas.
(b) La presencia de una semilla de «Cuscuta spp.» en una muestra del peso indicado, no se considera impureza si una segunda muestra del mismo peso, está exenta.
(c) 99,7, para las variedades con fines exclusivamente forrajeros.
(d) 99, para las variedades con fines exclusivamente forrajeros.
(e) La semilla de base que no cumpla los requisitos mínimos de germinación se podrá utilizar para producir semilla por la propia entidad, siempre que exista aceptación expresa de esta circunstancia por parte del agricultor colaborador, y previa autorización del Servicio Oficial de Control.
(f) En el caso de semilla híbrida el máximo porcentaje admitido de plantas estériles es del 5 por 100.
Observaciones:
1.ª Requisitos de las semillas híbridas.–Las semillas híbridas de categoría certificada deberán cumplir, para cada especie, los requisitos mínimos señalados en este anejo para la semilla certificada de primera reproducción.
2.ª Todo lote de lino que contenga más de cuatro semillas de «Alopecurus myosuroides» o más de dos semillas de «Lolium remotum» en una muestra de 150 gramos, será rechazado.
3.ª Todo lote de comino que contenga más de tres semillas de «Alopecurus myosuroides» en una muestra de 80 gramos, será rechazado.
4.ª Las semillas estarán prácticamente libres de cualquier plaga que reduzca la utilidad y calidad de los materiales de reproducción.
Las semillas también cumplirán los requisitos relativos a las plagas cuarentenarias de la Unión, las plagas cuarentenarias de zonas protegidas y las plagas reguladas no cuarentenarias contemplados en los actos de ejecución adoptados con arreglo al Reglamento (UE) 2016/2031, así como las medidas adoptadas con arreglo al artículo 30, apartado 1, de ese mismo Reglamento.
La presencia de plagas reguladas no cuarentenarias en las semillas y en las categorías correspondientes cumplirá los requisitos que figuran en el cuadro siguiente:
Plagas reguladas no cuarentenarias o síntomas causados por ellas
·
Especie
·
Umbrales para las semillas
de prebase
·
Umbrales para las semillas
de base
·
Umbrales para las semillas certificadas
·
Hongos y oomicetos
·
Alternaria linicola Groves & Skolko [ALTELI].
·
Linum usitatissimum L. (partim).
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
Boeremia exigua var. linicola (Naumov & Vassiljevsky) Aveskamp, Gruyter & Verkley [PHOMEL].
·
Linum usitatissimum L. (partim).
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
Botrytis cinerea de Bary [BOTRCI].
·
Helianthus annuus L., Linum usitatissimum L. (partim).
·
5 %
·
5 %
·
5 %
·
Colletotrichum lini Westerdijk [COLLLI].
·
Linum usitatissimum L. (partim).
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
Diaporthe caulivora (Athow & Caldwell) J.M. Santos, Vrandecic & A.J.L. Phillips [DIAPPC].
Diaporthe phaseolorum var. sojae Lehman [DIAPPS].
·
Glycine max (L.) Merr.
·
15 % para infección por el complejo Phomopsis.
·
15 % para infección por el complejo Phomopsis.
·
15 % para infección por el complejo Phomopsis.
·
Fusarium (género anamórfico) Link [1FUSAG]
distinto de Fusarium oxysporum f. sp. albedinis (Kill. & Maire) W.L. Gordon [FUSAAL] y Fusarium circinatum Nirenberg & O’Donnell [GIBBCI].
·
Linum usitatissimum L. (partim).
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
5 %
5 % afectado por Alternaria linicola, Boeremia exigua var. linicola, Colletotrichium lini y Fusarium spp.
·
Plasmopara halstedii (Farlow) Berlese & de Toni [PLASHA].
·
Helianthus annuus L.
·
0 %
·
0 %
·
0 %
·
Sclerotinia sclerotiorum (Libert) de Bary [SCLESC].
·
Brassica rapa L. var. silvestris (Lam.) Briggs.
·
No más de cinco esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
No más de cinco esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
No más de cinco esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
Sclerotinia sclerotiorum (Libert) de Bary [SCLESC].
·
Brassica napus L. (partim), Helianthus annuus L.
·
No más de diez esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
No más de diez esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
No más de diez esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
Sclerotinia sclerotiorum (Libert) de Bary [SCLESC].
·
Sinapis alba L.
·
No más de cinco esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
No más de cinco esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
No más de cinco esclerocios o fragmentos de esclerocios detectados en un examen de laboratorio de una muestra representativa de cada lote de semillas, de un tamaño especificado en la columna 4 del anexo 3.
·
Tobacco ringspot virus [TRSV00]. ·
Glycine max (L.) Merr. ·
0% ·
0% ·
0% ·
Se rechazará todo lote de semilla de cártamo en el que aparezcan semillas de “Orobanche spp.”. Ello, no obstante, si solamente aparece una semilla en una muestra de 100 gramos no se considerará como impureza si una segunda muestra de 200 gramos está exenta.
5.ª Para las semillas comerciales serán de aplicación los requisitos indicados para la última categoría de semilla certificada, excepto los de pureza varietal.

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