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Legislación › Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Disposición adicional octava. Servicios de interés económico general prestados por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E.

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Disposición adicional octava. Medidas adicionales y complementarias a las definidas en las disposiciones adicionales cuadragésima primera y cuadragésima segunda Servicios de interés económico general prestados por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010. Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E.
1. Cuenta de compensación en las sociedades concesionarias de autopistas de peaje dependientes Uno. Servicios de la Administración General del interés económico general prestados como operador designado por el Estado.
1.A) Objeto.
A partir del 1 de enero de 2011, se autoriza
1. Para coadyuvar a determinadas sociedades concesionarias de autopistas de peaje dependientes de la Administración General del Estado, a establecer una cuenta de compensación.
La apertura de dicha cuenta requerirá solicitud previa
cohesión territorial, económica y social, a la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje.
La autorización
sostenibilidad y al bienestar público, se establece que la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E., por su funcionamiento no afectará a ninguna otra condición implantación en el territorio y por los medios personales y materiales de la concesión.
1.B) Ámbito
que dispone, es el instrumento idóneo del Estado para prestar los servicios de aplicación.
Las sociedades
interés económico general que podrán acogerse a lo establecido se le asignen. A tal fin, en virtud de esta disposición son las titulares de las concesiones administrativas de las siguientes autopistas: se le asignan los siguientes:
Tramos: M-40-Arganda del Rey, de a) Las comunicaciones postales, mediante la autopista de peaje R-3, de Madrid puesta a Arganda del Rey; M-40-Navalcarnero, disposición de la autopista de peaje R-5, de Madrid a Navalcarnero, y red de la M-50 entre la autopista A-6 oficinas y la carretera M-409. Adjudicada por Real Decreto 1515/1999, del resto de 24 puntos de septiembre. acceso en el ámbito rural.
Autopista de peaje R-2, de Madrid a Guadalajara, y de la circunvalación b) La accesibilidad a Madrid M-50, subtramo desde la carretera N-II hasta la carretera N-I. Adjudicada por Real Decreto 1834/2000, de 3 servicios financieros básicos. Este servicio se presta en régimen de noviembre. libre competencia.
Autopista de peaje R-4, de Madrid c) El acceso universal a Ocaña, tramo M-50-Ocaña; la circunvalación Administración Pública.
d) La puesta
a Madrid M-50, subtramo desde la carretera N-IV hasta la carretera N-II; disposición del eje sureste, tramo M-40-M-50, y de la prolongación Estado de la conexión un conjunto de la carretera N-II con el distribuidor este, medios personales y actuaciones de mejora en la M-50, tramo M-409-N-IV. Adjudicada por Real Decreto 3540/2000, materiales que refuercen sus mecanismos de 29 resiliencia ante requerimientos de diciembre. seguridad o emergencia.
Autopista de peaje eje aeropuerto, desde la carretera M-110 hasta la A-10; de la autopista de peaje eje aeropuerto, desde la A-10 hasta la M-40; y construcción 2. A los efectos de la prolongación y mejoras del esta ley, el acceso sur a Barajas; de la ampliación universal a tres carriles de la autovía A-10, entre la conexión con el eje aeropuerto y el nudo de Hortaleza, y de la conexión aeropuerto-variante N-II y vías de servicio sur de Barajas. Adjudicada por Real Decreto 1197/2002, de 8 de noviembre. Administración Pública garantiza al menos lo siguiente:
Autopista a) La aceptación de peaje Cartagena-Vera. Adjudicada las solicitudes administrativas presentadas por Real Decreto 245/2004, de 6 de febrero.
Autopista de peaje Madrid-Toledo
los ciudadanos y autovía libre de peaje A-40 de Castilla-La Mancha, tramo: Circunvalación norte las empresas, así como su posterior transmisión al organismo correspondiente.
b) La entrega a los ciudadanos
de Toledo. Adjudicada los documentos expedidos por Real Decreto 281/2004, de 13 las administraciones públicas con fines administrativos o de febrero. seguridad pública.
Autopista de peaje circunvalación de Alicante, la variante libre de peaje c) La gestión del pago de El Campello tributos y otras actuaciones. Adjudicada por Real Decreto 282/2004, de 13 de febrero. multas.
Autopista d) La gestión del pago a los beneficiarios de peaje Ocaña-La Roda subvenciones y la autovía libre de peaje A-12, tramo: N-301-Atalaya de Cañavate. ayudas públicas.
Autopista e) Los servicios de peaje Málaga, tramo: Alto acreditación de las Pedrizas-Málaga. identidad digital.
Autopista de peaje Alicante-Cartagena. Tramo: desde f) Cuando lo prevea la autopista A-7, Alicante-Murcia, hasta Cartagena. Adjudicada por Real Decreto 1808/1998, de 31 de julio.
Autopista de peaje Santiago de Compostela-Ourense. Tramo: Santiago de Compostela-Alto de Santo Domingo. Adjudicada por Real Decreto 1702/1999, de 29 de octubre.
Autopista
normativa aplicable, la gestión de peaje León-Astorga. Adjudicada los procedimientos promovidos por Real Decreto 309/2000, de 25 de febrero.
1.C) Funcionamiento de la cuenta.
C.1) Consignación
los ciudadanos y abono las empresas relativos a favor las competencias de la sociedad concesionaria.
Hasta el año 2018, inclusive, la sociedad concesionaria consignará anualmente, en la cuenta
ministerios y organismos públicos que de compensación, ellos dependan, así como la diferencia entre los ingresos de peaje que se hubieran producido prestación de haberse alcanzado el 80 por 100 servicios asociados.
3. Un contrato-programa plurianual concretará las prestaciones y establecerá las condiciones, adicionales a las
del tráfico previsto en el plan económico-financiero presentado en para la oferta prestación del servicio postal universal, que justifican el abono de licitación la compensación por dicha sociedad y los ingresos de peaje reales. estos.
La cantidad a consignar anualmente en la cuenta no A estos efectos, se podrá superar el 49 por 100 del importe resultante establecer un mecanismo de sumar pagos a cuenta como anticipo para hacer frente a los ingresos costes anuales de peaje incurridos derivados del SIEG. El importe de la concesión la cantidad este cobro a consignar y por lo que restare hasta alcanzar el 80 por 100 referido en el párrafo anterior, cada sociedad concesionaria de las incluidas en el apartado 1.B) de esta disposición octava, podrá solicitar dentro de los cuatro primeros meses de cada ejercicio, un préstamo participativo al Ministerio de Fomento. Estos préstamos participativos tendrán las mismas características que los definidos cuenta será fijado anualmente en el apartado Dos.b), de la disposición adicional cuadragésima primera de la Ley 26/2009 de Presupuestos Generales del Estado 2010 y se procederá será liquidado posteriormente, tras las oportunas comprobaciones. Si, eventualmente, el importe del anticipo excediese al reequilibrio de la concesión para liquidación, se establecerá el único fin mecanismo de permitir la devolución del importe del préstamo y sus intereses en las condiciones indicadas en ese mismo apartado. devolución.
4. El Ministerio de Fomento, en los tres meses siguientes al plazo señalado primer contrato-programa deberá suscribirse en el párrafo anterior, otorgará los mencionados préstamos participativos mes siguiente a las sociedades concesionarias que lo hubieran solicitado.
Dichas cantidades estarán sujetas al límite de disponibilidades presupuestarias fijadas cada año en
la Ley entrada en vigor de Presupuestos Generales del Estado para estos conceptos. A estos efectos, esta disposición. El contrato-programa podrá prever que los ingresos reales de peaje servicios de cada año serán los que figuran en interés económico general se presten por las últimas cuentas auditadas.
En el mes de enero
filiales de cada año, la sociedad concesionaria presentará a la Delegación Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E.
5. La firma
del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje el importe consignado contrato-programa en la cuenta nombre del Estado corresponderá al Ministerio de compensación para su aprobación Hacienda y posterior abono a la sociedad concesionaria por la Administración en dicho año.
C.2) Consignación y abono al Tesoro Público.
Las cantidades consignadas
los ministerios competentes en la cuenta materia de compensación cada uno de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, serán abonadas a la Administración concedente durante el periodo los servicios de vigencia interés económico. Antes de la concesión, o hasta que se cancele la cuenta, según el siguiente procedimiento:
Cuando las últimas cuentas auditadas arrojen unos ingresos reales de peaje superiores
firma podrán realizarse anticipos a los previstos en el plan económico financiero de la oferta cuenta.
6. La Intervención General
de licitación, la sociedad concesionaria, en enero Administración del ejercicio siguiente, consignará en Estado será la cuenta y con signo negativo, el 50 por 100 de competente para elaborar anualmente un informe sobre la diferencia entre los ingresos reales de peaje y los previstos en dicho plan económico financiero.
El Ministerio
propuesta de Fomento podrá autorizar, a instancia compensación, que se calculará aplicando el método del concesionario coste evitado neto.
7. Se llevará una contabilidad analítica
y previo informe del Ministerio separación de Economía y Hacienda, la consignación cuentas respecto de otros importes adicionales que permitan la devolución total o parcial, estos servicios de forma anticipada, interés económico general.
8. No será
de las cantidades consignadas aplicación al personal de acuerdo con la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E., lo establecido dispuesto en el apartado anterior.
En el citado mes
2 del artículo 9 del texto refundido de enero, la sociedad concesionaria presentará a la Delegación Ley del Gobierno en las Sociedades Concesionarias Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de Autopistas Nacionales 30 de Peaje el importe consignado en octubre, cuando se le asignen la cuenta prestación de compensación para su aprobación y posterior abono al Tesoro Público en el mismo ejercicio.
Tanto los pagos
servicios de la Administración como los que, en su caso, efectúe el concesionario a ésta, quedarán recogidos interés económico general desarrollado en la contabilidad de la sociedad concesionaria, respectivamente, como ingresos y gastos de explotación de sus correspondientes ejercicios. esta disposición.
C.3) Cancelación Dos. Servicio Postal Universal.
1. Como consecuencia
de la cuenta asignación de compensación.
Al término
servicios de interés económico general realizada en el apartado Uno, para los tres años de vigencia de la cuenta de compensación, ejercicios siguientes a la Delegación del Gobierno entrada en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales vigor de Peaje determinará, anualmente, esta disposición el saldo plan de dicha cuenta. Dicho saldo será la diferencia entre las cantidades abonadas durante dicho periodo por la Administración y prestación del servicio postal universal aprobado por la sociedad concesionaria.
El saldo
el Acuerdo del Consejo de la cuenta Ministros de compensación devengará, a partir 1 de ese momento y hasta que se cancele la cuenta, la mayor junio de las cantidades siguientes: 2021 se aplicará en estas condiciones:
a) La cantidad resultante El cálculo del coste neto del servicio postal universal se limitará al ámbito de aplicar, sobre el saldo distribución urbano. Por ello, para calcular los costes de la cuenta distribución del escenario base dejarán de compensación computarse los correspondientes a 31 de diciembre, un tipo de interés fijo las secciones de 175 puntos básicos. reparto rural.
b) La cantidad resultante de aplicar el porcentaje que suponga Para calcular el saldo escenario de la cuenta base ajustado por descuentos se considerará como coste unitario de compensación referencia el coste medio incremental a 31 de diciembre respecto al valor de la inversión total, largo plazo (LRAIC), conforme a la diferencia obtenida norma reguladora de detraer la contabilidad analítica del 75 operador designado.
c) Para calcular el coste incremental
por 100 la contratación de los ingresos netos personal específico para el reparto de peaje, la cuantía anual paquetería se computarán las necesidades de amortización lineal reparto de la inversión total, conforme paquetería con plazos de entrega inferiores a tres días, que es la siguiente expresión:
R = C × (0,75 INP – A)
Siendo:
C = S / IT
A = IT / N
R = Remuneración.
S = Saldo
afectada por un hipotético escenario contrafactual de la cuenta reparto de compensación.
IT = Inversión total en autopista.
tres días por semana.
INP = Ingresos de peaje que figuran en las cuentas de d) En la sociedad concesionaria.
N = Número
fase de años selección de concesión, inicial o prorrogada en su caso.
Las cantidades devengadas se capitalizarán junto con
oficinas deficitarias, para el principal cálculo del saldo coste evitado neto de dichas oficinas se simplificará la cuenta aplicación de compensación, considerándose como tal a todos los efectos.
La cuenta de compensación se cancelará en el ejercicio en que su saldo sea nulo.
1.D) Facultades normativas y
criterios de aplicación.
Se faculta a la Delegación
circularización. Si del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales análisis de Peaje a dictar las instrucciones y adoptar las medidas oportunas para el desarrollo rentabilidad de lo establecido en la presente disposición adicional.
D.1) Autorización al Gobierno y devengo de intereses.
Se autoriza al Gobierno para que, si las circunstancias económicas de las sociedades concesionarias así lo aconsejan, y mediante Real Decreto a propuesta conjunta de los Ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas y
red de Fomento, pueda excluir a oficinas resultara necesario cerrar dos oficinas cercanas, se considerará que permanece abierta la sociedad concesionaria en cuestión que genera más ingresos.
e) El Valor Neto Contable
de las ayudas previstas oficinas cerradas en el subapartado C1 del apartado 1C. En todo caso, el saldo escenario contrafactual, utilizado como base de cálculo para la cuenta de compensación devengará intereses a partir obtención del 1 de enero de 2014, excepto en las sociedades concesionarias de las autopistas de peaje Alicante-Cartagena, Tramo: desde la autopista A-7, Alicante-Murcia, hasta Cartagena; Santiago de Compostela-Ourense, Tramo: Santiago de Compostela-Alto de Santo Domingo; y León-Astorga, en las que tal devengo beneficio razonable, se producirá actualizará conforme a partir del 1 la selección de enero oficinas que resulte de 2016.
2. Medidas complementarias para
aplicar el reequilibrio económico financiero de las concesiones de autopistas modelo de peaje. compensación establecido en la letra d) anterior.
f) Se prorroga hasta el 30 de junio considerarán como ahorros de 2011 el plazo previsto costes en la disposición adicional cuadragésima primera, apartado tres, de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, relativo a la finalización convencional de contrafactual los procedimientos derivados de las reclamaciones por obras adicionales ya ejecutada al tiempo de su entrada en vigor por las concesionarias de autopistas de peaje competencia de la Administración General del Estado.
3. Medidas complementarias para el reequilibrio económico financiero
costes de las concesiones actividades de obras públicas para la conservación admisión, clasificación, transporte y explotación de las autovías de primera generación.
Con respecto
gestión imputables a los contratos incluidos envíos perdidos en el Programa de Adecuación de las Autovías contrafactual como consecuencia de Primera Generación, a los que se refiere la disposición adicional cuadragésimo segunda de reacción en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 se establecen las medidas siguientes:
3.A) Alternativas, mejoras y obras adicionales.
demanda.
Se declaran incluidas en g) Para calcular el objeto porcentaje de absentismo se utilizará la concesión, con efectos de 1 de enero de 2010, las modificaciones originadas por las alternativas o mejoras en relación con las obras de primer establecimiento con funcionalidad análoga a las ratio promedio de los anteproyectos de adecuación, reforma y conservación, así como las obras adicionales, realizadas por razones de interés público, no contempladas en dichos anteproyectos, que en aplicación de lo dispuesto en la mencionada Disposición Adicional 42 hayan sido autorizadas por el órgano de contratación años 2021 a la entrada en vigor de esta ley.
3.B) Procedimiento para la aprobación del reequilibrio económico financiero y la concesión del préstamo participativo.
2024.
La aprobación por h) Para calcular el órgano de contratación del reequilibrio económico del contrato, exigirá exclusivamente la audiencia previa al concesionario y los informes Coste Medio Ponderado de la Abogacía del Estado y Capital de la Intervención Delegada.
La concesión del préstamo participativo
Correos (WACC) se ajustará al mismo procedimiento, si bien, conforme a lo dispuesto en utilizará el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2010, promedio de 20 los años 2021 a 2024.
Las condiciones anteriores deben entenderse sin perjuicio
de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, el expediente requerirá el informe preceptivo y vinculante del Ministerio de Economía y Hacienda.
Este procedimiento será
Gobierno pueda aprobar un nuevo plan de aplicación exclusivamente en el ejercicio 2011 y para el reequilibrio económico financiero y la concesión prestación del préstamo participativo derivados de las obras a las que se refiere el apartado Tres A).
4. Crédito extraordinario
servicio postal universal que, en el Ministerio de Fomento. su caso, las modifique o deje sin efecto.
Uno. Se concede un crédito extraordinario en el presupuesto en vigor de la sección 17, faculta al Ministerio de Fomento, servicio 20, programa 451N, concepto 836, «A sociedades concesionarias de autopistas de peaje Transportes y Movilidad Sostenible para abono de la Cuenta de Compensación regulada en la Disposición adicional octava», por importe de 80,1 millones de euros.
Dos. El crédito extraordinario que se concede se financiará con deuda pública.
5. Entrada en vigor de esta disposición adicional.
Lo establecido en la presente disposición adicional entrará en vigor el 1 de enero de 2011.
dictar las disposiciones y las instrucciones necesarias para desarrollar o aplicar tales condiciones.

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25 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-26915 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2012-15651 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 Texto original Leer

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